En la Gaceta Oficial Extraordinaria Nº 6.223 se
publicó el Decreto N° 2.300 emitido por la Presidencia de
la República, mediante el cual se declara el día lunes 18 de abril de 2016 como
No Laborable para la Administración Pública y para el Sector Educativo Público
y Privado, como medida necesaria para disminuir los efectos del fenómeno
climático “El Niño” sobre la Central Hidroeléctrica Simón Bolívar.
CLAVES
DECRETO DEL 18 DE ABRIL NO LABORABLE:
1.
Decreto
del lunes 18 de abril no laborable se dicta en el marco de la emergencia
económica.
2. Se declara no laborable para
contribuir con el ahorro energético.
3. Aplica para la administración
pública.
4. Aplica también para el sector
educativo público y privado en educación inicial, básica, media, diversificada
y universitaria.
5. Se excluye a
trabajadores del sector privado.
6. Los funcionarios púbicos del
Seniat y la banca pública deben laborar.
7. Se excluye a trabajadores del
sector público cuya actividad se vincule a transporte de agua potable,
transporte de valores, alimentos, medicinas, materiales de construcción para
GMVV.
8. Operarán con normalidad las
actividades del sector público que conforman la cadena de alimentación.
9.
El pago
para los trabajadores que se excluyen será como si se tratase de día hábil.
DESCARGAR
GACETA AQUI:
Con
información del diario El Mundo:
http://www.elmundo.com.ve/noticias/economia/politicas-publicas/claves---decreto-del-18-de-abril-no-laborable.aspx#ixzz45vKWzv3h
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