El aumento del salario
mínimo anunciado por el presidente de la República Bolivariana de Venezuela,
Nicolás Maduro, quedó oficializado tras su publicación en Gaceta Oficial.
El Decreto Presidencial
número 2.429, mediante el cual se aumenta en un cincuenta por ciento (50%) el
salario mínimo nacional mensual obligatorio en todo el territorio de la
República Bolivariana de Venezuela, para los trabajadores y las trabajadoras
que presten servicios en los sectores público y privado, fue publicado en la
Gaceta Oficial N° 40.965, de fecha 12 de agosto de 2016.
El nuevo salario mínimo
queda fijado en veintidós mil quinientos setenta y seis bolívares con setenta y
tres céntimos (Bs. 22.576,73) mensuales.
De acuerdo al decreto, los
pensionados y jubilados también percibirán el mismo monto.
En tanto que, los adolescentes aprendices recibirán 50% de incremento,
para un total mensual de 16.789,92 bolívares.
El incremento entrará en
vigencia el 1° de septiembre de 2016.
CESTATICKET
Asimismo, fue publicado en la misma Gaceta, el Decreto N° 2.430, mediante el cual se ajusta la base de cálculo para el pago del Cestaticket Socialista para los Trabajadores y las Trabajadoras que presten servicios en los sectores públicos y privados.
De esta manera queda
oficializado el ajuste de la base de cálculo a ocho Unidades Tributarias (8
U.T) por día, a razón de 30 días por mes; lo que equivale a 240 UT al mes. Esta
medida tendrá vigencia a partir del 1° de agosto de 2016.
Ambos decretos fueron dictados en el contexto del Decreto de Emergencia
Económica, por tanto, en el caso del beneficio de alimentación, se establece
que las empresas que atiendan a sus trabajadores con la modalidad de comedores
también deberán otorgar, de “forma temporal mientras dure la emergencia
económica”, cupones, tickets o tarjeta electrónica.
DESCARGAR:
GO 40965 AUMENTO SALARIO Y AJUSTE CESTATICKET
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